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27 de julio de 2025ITP: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
¿Quieres saber todo sobre el ITP? Has llegado al lugar adecuado, ya verás que al acabar de leer este artículo sabrás demasiado sobre uno de los impuestos más famosos de este país. Pero hoy nos vamos a centrar en el ITP aplicado a la compraventa de viviendas usadas, que es el más habitual y donde suele haber más dudas. Ponte cómodo… ¡Qué arrancamos!
Vamos directos al lío, el ITP es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y, aunque así de primeras te puede sonar un poco a marciano, es uno de los tributos más importantes que debes tener en cuenta si estás pensando en comprar una vivienda de segunda mano en España.
Es un impuesto autonómico, lo que significa que cada comunidad autónoma decide cuánto se paga, y se calcula con un porcentaje sobre el precio de la vivienda. Más adelante te mostraremos cuánto se paga en tu comunidad autónoma. Ya ves que aquí es donde la cosa se pone interesante... y a veces un poco cara.
Quién y cuánto se paga de ITP
¿Me tocará pagar a mí? Depende. Este tributo lo paga el comprador, así que si estás pensando en comprar una casa de segunda mano, recuerda contar con este gasto en tu presupuesto. En este caso el vendedor no tiene que pagar nada por este impuesto, aunque eso no significa que se libre del todo ya que si hay plusvalía municipal (otro bonito impuesto), le tocará pasar por caja también, pero esa ya es otra historia.
Y ahora vamos con otra pregunta importante, ¿cuánto se paga de ITP? Bueno, actualmente y después de la puesta en marcha de la Ley 11/2021, de 9 de julio de prevención y lucha contra el blanqueo de capitales, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales es un porcentaje que se calcula sobre el importe mayor entre:
- Valor de compra-venta del inmueble. El valor real que se paga por la compra.
- Valor catastral del inmueble. Este valor de referencia lo establece el Catastro a través de una fórmula mágica basada en precios medios de mercado por zonas. Puedes consultarlo en la web oficial del Catastro introduciendo la referencia catastral del inmueble.
Es decir, por ejemplo, si compras un inmueble por 250.000 € y su valor catastral es de 270.000 €, el ITP se calculará sobre el valor más alto. En este caso sobre el catastral.
Está habiendo bastante polémica con esta ley ya que si tu estás comprando una propiedad por un precio menor al valor catastral (valor que ha puesto el Estado español) porque ese es su valor de mercado, no tiene sentido que te hagan pagar impuestos como si lo estuvieras comprando más caro. Básicamente porque no es real.
Cuándo se paga el ITP
El ITP se paga cuando compras un inmueble de segunda mano (o de "segunda transmisión", como les gusta llamarlo a los juristas). Si compras una vivienda nueva directamente al promotor, olvídate del ITP porque en ese caso lo que pagarás es el IVA.
Pero si la vivienda ya ha tenido dueños anteriores, prepárate para pasar por caja. El ITP se paga después de firmar la escritura de compraventa ante notario y tendrás un plazo de 30 días hábiles para presentarlo y pagarlo en la consejería de Hacienda de tu comunidad autónoma.
Y cuidado, porque si te pasas del plazo, pueden aplicarte recargos y sanciones. Y eso no es nada divertido.
Además, debes tener en cuenta que este trámite suele requerir cierta documentación, como la copia autorizada de la escritura, el modelo oficial de autoliquidación de tu comunidad (normalmente el modelo 600), y una copia del DNI o NIE. Si haces la gestión por internet, muchas comunidades autónomas ya permiten hacerlo desde su portal tributario.
Por tanto, nuestro consejo es que no lo dejes para el último momento y te informes con antelación. Y si puedes, apóyate en un broker hipotecario como nosotros que nos encargamos de hacer todas las gestiones y resolver tus dudas.
Tabla de ITP por Comunidad Autónoma
Ya te hemos avanzado que cada comunidad establece su propio tipo impositivo de ITP. Para que te hagas una idea rápida y puedas hacer tu cálculo, aquí tienes una tabla orientativa con los tipos generales que se aplican a la compraventa de viviendas en cada autonomía.
Comunidad Autónoma |
Tipo General ITP |
Tipos reducidos |
Andalucía |
7% |
|
Aragón |
8% - 10% |
|
Asturias |
8% - 10% |
|
Baleares |
8% - 13% |
|
Canarias |
6,5% |
|
Cantabria |
7% - 9% |
|
Castilla-La Mancha |
9% |
|
Castilla y León |
8% - 10% |
|
Cataluña |
10% |
|
Ceuta |
6% |
|
Comunidad Valenciana |
10% |
|
Extremadura |
8% - 11% |
|
Galicia |
8% |
|
Madrid |
6% |
|
Melilla |
6% |
|
Murcia |
8% |
|
Navarra |
6% |
|
País Vasco |
7% |
|
La Rioja |
7% |
|
Nota: Estos porcentajes pueden variar según condiciones específicas (edad del comprador, vivienda habitual, número de hijos, etc.). Consulta siempre con un broker hipotecario antes de nada. Los datos pueden variar.
ITP reducido y bonificado
Como habrás visto en la tabla anterior, hay algunas bonificaciones que reducen el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales de forma considerable. Estamos hablando de reducciones del 50% o más siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos como la edad o los ingresos.
Si quieres conocer todo el detalle de estas reducciones y además conseguir una hipoteca muy buena, no dudes en contactar con nosotros para que te hagamos un estudio gratuito.
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